Paro 22 y 23 de agosto

· Porque el 6% de aumento al SB es insuficiente y no cubre nuestras necesidades básicas y la adecuación del Material Didáctico tampoco. · Porque necesitamos mejorar nuestro sistema jubilatorio en cuanto a edad, años de servicios y porcentaje. · Porque el Sueldo de un/a trabajador/a de la Educación no es GANANCIA y debe estar exento de ese Impuesto.

QUIÉN ES LA AUTORIDAD DEL SI.TRA.ED?

Constancia de designación del Delegado Electoral Normalizador del SI.TRA.ED, emitida por la Dirección Nacional de Asociacioners Sindicales Dra. Elena B. de Otaóla

La ILEGITIMIDAD de Carranza y Cía.




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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo a quien Gerardo Carranza, Cristina Alcalá, Laura Vilar y otros, todos representantes de la Lista Nº 1 Azul, a quien recurrió con los fondos del Sindicato para apelar la Resolución Nº 131/2011 del MTEySS de la Nación que resolvía y disponía la realización de Elecciones Complementarias en las Mesas Nº 17, 19 y 21, mediante Sentencia Interlocutoria Nº 12573, resolvió: "Confirmar la Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación Nº 131/2011..." . Es decir que deben realizarse ELECCIONES COMPLEMENTARIAS en el SI.TRA.ED para definir la Conducción Provincial y la Comisión Revisora de Cuentas.

Pero lo más importante es destacar en primer lugar, que el tribunal "considera que debe confirmarse la resolución recurrida" (Nº 131/2011); en segundo lugar, que la Junta Electoral es la responsable de esta situación y la misma no puede desconocer la posibilidad de la expresión colectiva de los afiliados ni la presencia de vicios relevantes en estas mesas (17, 19 y 21); en tercer lugar, que lo que los apoderados de la Lista Nº 1, Azul, consideraban como una cuestión definida en cuanto a los resultados, el Ministerio de Trabajo y el Tribunal expresan que la cantidad de sufragios es suficiente como para incidir en la elección y que estos votos han sido anulados por una decisión intrasindical (entiéndase por la Junta Electoral con la clara intención de favorecer a la Lista Nº 1, Azul); en cuarto lugar, que el hecho de que la Conducción Provincial haya asumido por decisión y convalidación de la Junta Electoral no presenta mérito, como así tampoco las gestiones que realiza en nombre de SI.TRA.ED la Conducción autoproclamada en forma ilegítima.

Estos pasos dados por los apoderados de la Lista Nº 1, Azul, para perpetuarse en la Conducción del SI.TRA.ED y manejar de forma discrecional el sindicato no hacen más que mostrar su intención y ambición de servirse de un organismo del que pretenden adueñarse y usar para sus fines y a su servicio.

Apelamos a tu conciencia y responsabilidad como afiliado para que no dejes que te sigan engañando, mintiendo y usando tu dinero para satisfacer cuestiones y ambiciones personales.